Revista de pensamiento y cultura
/ ¿Existe la libertad? / Dossier / Informe sobre Cárceles (2º Entrega) / Año V N° 7 / Invierno-Primavera 2005
     


Cárcel de Contraventores (Capital)
Pabellón Celular - Foto: Marzo 1939 (A.G.N.)

NORBERTO LEVINTON es Arquitecto, Especialista en Historia y Doctorando en Historia de la Arquitectura de la Universidad de El Salvador. Es investigador de la Arquitectura de la Compañía de Jesús en Argentina y países limítrofes.


  HISTORIA Y ARQUITECTURA
La Cárcel en las Misiones Jesuíticas (1609-1768)
NORBERTO LEVINTON

Uno de los libros más conocidos de Foucault es Vigilar y Castigar. En algunas jornadas sobre las Misiones Jesuíticas he tenido la oportunidad de escuchar la presentación de trabajos que utilizaron a este libro como fundamento del marco teórico de sus análisis. Desde mí punto de vista no es posible trasladar los enfoques foucaltianos al estudio del espacio cárcel en los pueblos misionales. Es que, a pesar de que estamos refiriéndonos a un asentamiento organizado por misioneros europeos de la Compañía de Jesús, resulta imposible de comparar la estructura del sistema carcelario misional con similares de ese continente e inclusive con las del sistema colonial en América. La idea es que, si bien consideramos que la intención original de la orden religiosa fue introducir cambios en el orden social de los indios, con el transcurso del tiempo los jesuitas debieron adaptarse a nuevas situaciones. La realidad concreta obligó a los misioneros a basar las normativas del castigo de algunos comportamientos antisociales en las ideas tradicionales guaraníes.

En la situación previa al contacto con los misioneros cada comunidad indígena, al existir leyes penales de sustentación mítica, se asumió en sí misma como un espacio punitivo. Según la importancia del delito se continuaba aceptando al culpable, después de un castigo, como integrante de la comunidad. Lo nuevo fue la introducción, por parte de los misioneros, de la figura de retener a la persona e interrumpir el ejercicio de su libertad individual. De esta manera el espacio comunal dejó de ser en sí mismo un espacio punitivo al incorporar un lugar específico para espacio carcelario. La explicación es que la aceptación de esta situación por parte de los guaraníes estuvo inseparablemente unida a la presencia del edificio iglesia-casa de Dios y del propio misionero, o sea que se convirtió en una solución, más que nada, vinculada a lo urbano. ¿Cómo funcionó y se sustentó este modelo? Intentaremos dar cuenta de la estructura ideológica y de su crisis en Yapeyú.

Dios, la figura paternal y el espacio carcelario

Es importante tener en cuenta que en los territorios españoles a la implementación de las Leyes Españolas y su adaptación a las Leyes de Indias se superpuso un derecho jurisprudencial basado en el derecho consuetudinario indígena por lo cual había un sustento legal para proceder en la misma forma en las misiones. En el código procesal del estado colonial, según De Ávila Martel, el concepto del delito estuvo fundamentalmente basado en la intención. En la pena se tuvo en cuenta la enmienda y el escarmiento. Las mujeres debían ser castigadas más blandamente y la embriaguez fue considerada como un atenuante. En cambio la vagancia significaba un semillero de delitos. Con respecto al régimen carcelario se recomendaba no privar a los presos del aire y de la luz del sol así como de permanecer su reclusión en lugares y aposentos sanos. La pena corporal más aplicada era la de azotes. Levaggi entiende que en este sistema es trascendental la idea del fin perseguido con el castigo para definir la elección del mismo. Es importante el hecho de que mientras durase la instrucción del delito el fin de la cárcel era custodiar al acusado (fin coactivo) y sólo después de terminar el proceso podía adoptar otra forma (fin correctivo). Ese tiempo de encierro servía especialmente para "sonsacar el consentimiento del imputado a la acusación". De esta manera era esperado que hasta la muerte fuese aceptada por el supuesto delincuente.

Justamente en este tema se produjo la diferencia cualitativa más importante entre los criterios implementados en cualquier ciudad española y el sistema misional. Primeramente las penas de muerte y mutilación estaban prohibidas a los jueces eclesiásticos. No tenemos información estadística de la cantidad de estos casos extremos habidos en los pueblos, pero es posible interpretar la adopción de un criterio particular. La expiación, la extradición, previa reclusión y azotes, suplantaban a la horca.

¿Cuáles eran los delitos más comunes en los pueblos? Las principales "malas inclinaciones de los indios" eran, según Leonhardt, su pereza en aprender, las fuertes borracheras y el desenfreno de la lujuria y dejó aparte, como si fuera exclusivamente un problema de los hechiceros, lo que él designa como "perturbaciones" originadas por ellos. A los robos no los menciona porque tuvieron escasa importancia.

La voluntad de aprendizaje fue incitada mediante premios especiales para cada especialidad y por ese medio se consiguieron algunos avances. En cambio las borracheras constituyeron un problema durante toda la etapa jesuítica. En 1714 un Memorial del Padre Provincial Luis de la Roca para San Ignacio Guazu ordena

"Porque en la gente deste Pueblo se han experimentado algunos desordenes en la bebida se ordena que aqualquiera que en adelante se desmandase y mucho mas si se embriagase, se lo castigue privandole de todo officio en cavildo si lo tuviese o sino lo tuviese inhabilitandole para que no lo pueda tener de allí adelante; assi mismo se le privara de qualquier otro officio de honra que tenga o pueda tener, y si estuviese o en la Musica o en nuestra casa echandole de ella para siempre; fuera de esso castigarse a qualquiera que sea con carcel, cepo, grillos y azotes a la medida del desorden en que ubiere incurrido".

El mismo provincial aconseja en otro memoria:
"No se dexe sin castigo al Indio, que se sintiese tomado de alguna bebida, aunque no llegue a privarse; en las doctrinas seles afee este vicio, amenazandoles que seles quitara la fiesta del pueblo, si no huviere enmienda; y a los 4 regidores se les encargara velen sobre este punto, y cuiden de su obligacion
".

Es evidente que el alcoholismo no había desaparecido del sistema misional y los jesuitas terminaron aceptándolo, con ciertos límites, como un mal menor. Desde mí punto de vista un trabajo de Chase-Sardi nos interna en un tratamiento similar "adaptativo a la realidad" en una aldea Chiripá actual:
"(…)…mientras no se alborote ni se moleste a nadie, la borrachera es permitida. Sin embargo, se le aconseja que no lo haga más. Si la embriaguez es realizada en la propia casa, y no se molesta a los familiares, no es causa de castigos".

Los delitos sexuales tuvieron una gran relación con la hechicería. De alguna manera el hechicero asumió la defensa de las costumbres indígenas no aceptadas por los jesuitas. Por eso existieron casos de adulterios en los pueblos misionales criticados por el sacerdote y finalmente soportados.

Los preceptos disponían "Por el adulterio 25 azotes en el rollo y 15 días de cárcel con grillos"

Los que huyen con mujeres ajenas si se hallaren se traeran y se castigaran por tal cual pueblo a juicio del Padre Superior para que el temor de este castigo les retraiga de un tal grave delito.

Sobre el castigo de los indios que pecan con sus hijas, por ser raro el caso, se consultará al Padre Superior, quien determinará.

En los demas delitos de incestos, así de consaguinidad y de entenados con Madrastras y suegras y aborto procurado se encerrará por tiempo de dos meses en grillos y en este tiempo se les dará 3 vueltas de 25 azotes del cual número nunca se pasará. Ord. Común 53 y será bien que a los tales delincuentes arriba dichos se les prive totalmente de oficios. Ord. Comun 53.

Para los Chiripá actuales Chase-Sardi señala la existencia de la misma diferenciación entre los delitos relacionados con las debilidades humanas y los que proceden de insanas situaciones familiares:

"En tanto no se lo descubra "con las manos en la masa", el adulterio es permitido, "siempre que se guarde un secreto decente"…(…)…cuando la cosa toma visos de escándalo, cuando el rumor pasa a ser viva voz, se lo llama al señalado por la opinión pública ante el Aty Guasu (consejo de sacerdotes-médicos), y se le habla, se le aconseja, se le aplica el famoso moñe ´ê, el sermón moralizador, la plática admonitoria. El que comete adulterio, sea hombre o mujer, dá derechos al cónyugue a que éste le haga dar una golpiza".

En cambio, entre los actuales chiripá, cuando se trata de un incesto se tiene en cuenta el grado de acercamiento en el parentesco y en el caso de una violación corresponden 50 latigazos.

Con respecto a la hechicería Rípodas Ardanaz afirma que "la presencia de los ignacianos…(…)…dio lugar –aunque suene a paradoja- a la pervivencia de los hechiceros". Esto lo dice porque considera que el "poder mágico" de los padres estaba destinado al bien y el de los hechiceros quedó dedicado al mal. Parece que de esta manera no sólo los misioneros lograron diluir la influencia de los shamanes sino que también consiguieron su incorporación plena a la sociedad misional sin invalidarlos totalmente. El precepto dedicado a la hechicería diferenciaba entre la acción mágica como causa de muerte y el que sólo hubiese sido una presión psicológica hacia la víctima causada por enojos en la convivencia.

"El que diese yerbas venenosas y polvos, si al paciente se le siguiere la muerte será puesto en carcel perpetua que es de 10 años como el que cometió homicidio; pero si no se siguiere la muerte, llevará la pena dicha de 3 meses de carcel con grillos y 4 vueltas (azotes), no saliendo sino a Misa". Ord. Común 53.

Evidentemente en algunos momentos de convulsión social la hechicería se tornó más virulenta que en otros períodos. Un precepto dice
"A los hechiceros que hubiesen causado muertes, averiguando bien el delito, se les dará el castigo conveniente y después de un año de carcel, en la visita del pueblo, se les daran los azotes que parecieren justos con demostración de rigor e ignominia, en presencia de todos se arrojaran a las tierras de los españoles significandoles que alla, encogiendolos en estos delitos los han de quemar". P. Lauro Nuñez

Esta permanente actitud de comprensión y de contemplación de las "malas acciones" convirtió a los sacerdotes en verdaderos padres espirituales.

Encontramos muchas referencias de este modelo de funcionamiento. Precisamente los memoriales tuvieron como objetivo sustentar y reforzar esa concepción en la mentalidad de cada uno de los Curas.

"Los engrillados Indios e Indias no se perpetuen en sus grillos, sino que aviendo alguna razonable esperanza dela enmienda castigados, y corregidos según su merecido, se pondran en libertad, quando los delitos no fuesen de aquellos, cuyo conocimiento pertenece al P.Superior, y sino fuesen fugitivos fugitivos alos Portugueses; de estos ultimos se dara parte al P. Superior, para que su Rª. determine, si los tales se han de dexar en su pueblo, o convendra desterrarlos a otro".

En un precepto también fue delineado el rol que debían cumplir los Padres Compañeros en la asistencia de los castigados así como en el control de los propios Curas titulares. Asimismo aparece, según una estructura jerárquica de responsabilidades, la figura del Mayordomo, un miembro de la comunidad elegido por el Padre Cura.

"Los PP. Compañeros visitaran frecuentemente las carceles y por lo menos una vez al mes para consolar a los presos y estara a su cargo el proveerles de comida cuando hallaren que la necesitan como tambien el de proveerles de vestido a los condenados a carcel de 10 años, sin obligación de recurrir así para lo uno como para lo otro a los Curas sino mandando a los Mayordomos…(…)…y si hallaren que se tratan con demasiado rigor de día y de noche en el cepo, sin sacarlos a misa los días de precepto, avisarán al Padre Superior o al Padre Admonitor". P. Visitador

De esta manera el indio castigado no lo asumía con indignación y resentimiento. No era una cuestión externa a él sino que el propio Padre de la comunidad había decidido corregirlo para el bien de todos.

Por eso Muriel diferencia entre las reducciones y las doctrinas en lo que respecta a la aceptación de la corrección.

"Y no irá descaminado quien dijere que se empiezan (a contar los años de las reducciones) desde que los indios aceptan la corrección; y la corrección atenta la índole de esta gente, no se hace sino por medio del azote. Mientras falta la docilidad para esto, el pueblo y doctrina están sin fundamento".

Pero más adelante aclara
"Sí el castigo es moderado y enderezado a las utilidades espirituales o temporales, con él se muestran más que nunca los Jesuítas, no amos de unos esclavos, sino padres de los indios cuando los corrigen".

Lozano trata el mismo tema:
"Es verdaderamente espectaculo digno de admiracion, que una Nacion Barbara, altiva, y belicosa, qual fuè la Guaraní, que llegò à ser temida del valor Español, estè tan sujeta, y rendida à dos desarmados Sacerdotes, que goviernan un Pueblo de quatro mil almas, que no se vea resistencia à sus ordenes, y en qualquiera edad reciba el azote con una sumission, que espanta, pues acabado el castigo, se và à postrar el delinquente de rodillas ante el Missionero, le besa la mano, y le dà las gracias, por el afecto paterno con que le ha corregido, diciendole en su Idioma: Aguyebete, Cherùba, chemboara qua à epè, que quiere decir: Dios te lo pague, Padre, que me has dado entendimiento".

Y Cardiel destaca que "el Cura es su Padre y su Madre" y que cuando llega el momento de decidir sobre la pena a un acusado de cometer algún delito menor "no hacen sino decirle VAMOS AL PADRE". ¿Cuando se inició esta forma de proceder? Según Jofré, inocentemente el Padre Guevara, historiador de los jesuitas en reemplazo del Padre Lozano, puso al descubierto una metodología manipuladora de la Orden Religiosa. El relato de Guevara explica que el Padre Roque González habría sido inspirado por Dios para servirse de un niño español que tenía como ayudante de misa. Le pidió que falsamente metiera bulla "-.haz ruido, grita" para que él pudiera castigarlo delante de los indios con "la pena de delincuente" lo que debía agradecer inmediatamente el niño " hincándose de rodillas y besándole la mano" diciéndole "Dios te lo pague, padre, me has dado entendimiento".

He buscado esta cita en la obra de Guevara y mí interpretación de su relato es diferente. Roque González parece haber introducido el castigo a los niños, una costumbre aparentemente novedosa para los padres guaraníes. Por eso en esta cuestión es importante distinguir el rigor buscado en la aplicación de los latigazos –el azote, castigo común en la época- y su relación con la edad, el sexo y fundamentalmente el propósito. Por eso Cardiel enfatiza la idea de que "para todos los delitos hay castigo…(…)…todos muy proporcionados a su genio pueril".

Los preceptos permanentemente se manifestaron preocupados por los excesos en los castigos. El Padre Rada en 1666 dice
"Estoy informado de que algunos varistas suelen castigar a los muchachos como y quando se les antoja, excediendo no pocas veces en rigor; encargo a V.Rª. no permitan que se tomen tanta mano, y sepan primero la causa, para que aya la debida moderación, y se observe lo que acerca desta materia esta ordenado".

El tema reaparecerá continuamente. Un Memorial de 1727 ordena
"Moderaràse el rigor y dureza de los latigos, que oy sirven para el castigo (que siempre debe ir mezclado de pìedad) deshaciendolos totalmente y haciendo otro azote que no degenere en cruel".

Un aspecto relevante de la posición asumida por la Compañía de Jesús en esta cuestión es su oposición al castigo para extraer una confesión, algo aparentemente asequible entre los mismos indios.

"De ninguna manera se puede dar mano a los Cavildantes para que ellos solos averiguen los delitos especialmente si son graves y enredados, como lo suelen ser los de hechizerias; mucho menos se puede dexar al acusado en sus manos, para que ellos (lo que hacen los Alcaldes entre españoles) saquen la verdad en limpio a fuerza de tormento. Ni el Indio delinquente, ni el …(…)…del Alcalde tienen capacidad para esso. El cura por si mismo debe hacer la averiguacion, y despues lo que averiguo escrivirlo al P.Superior, para que este con sus CC. (consultores) vea lo que se ha de hacer con el delinquente, o determine que venga otro P. a hacer nueva averiguacion".

Es decir que se procura la supremacía del rol paternal en la resolución de todas las situaciones. Inclusive una vez determinada la culpabilidad y en medio del desarrollo de la condena los preceptos recomiendan la misma actitud.

¿De donde proviene el perfil de la figura paternal? El rol del misionero se sustentó en lo más tradicional de la cultura guaraní.

Según Susnik "el jefe del teýy, si bien a veces llevaba el título de tuvichá, era básicamente un teýy-ru, un padre de su comunidad".

Teniendo en cuenta que los sacerdotes-shamanes a veces ejercían como referentes principales de una comunidad no sería desacertado pensar que los misioneros sustituyeron un protagonismo por otro. Este enfoque ya fue analizado por Haubert, Meliá, Necker y Bartolomé.

Haubert llama la atención del lector diciendo que los indios, debido a que consideraban a los misioneros héroes sobrenaturales, pensaron que eran capaces de hacer llover y hasta hacer crecer los cultivos. Menciona que les dieron a los misioneros "el nombre de Pay Abaré, semejante al de Aba Payé dado comunmente a los chamanes".

Meliá refuerza la idea afirmando que "la asociación de los europeos con "dioses" o "chamanes" fue un fenómeno incluso frecuente en los primeros contactos que los indios de América tuvieron con aquellos". Al referirse particularmente al Padre Roque González de Santa Cruz cita la opinión de un capitán indígena, Santiago Cuarecupí, quien expresó "que los indios le amaban y querían tanto, que lo echó de ver mucho este testigo siempre"

Necker sostiene que
"si los jesuítas pudieron obtener la victoria en las guerras fomentadas por los hombres-dioses (los hechiceros), fue porque, en la mentalidad de los guaraníes, se acercaron en un grado superior al modelo de los héroes míticos".

Bartolomé se refiere al tema al señalar que Kuarahy era la "la figura principal del culto por su calidad de Héroe Cultural y antecesor del hombre. Es el primer Pa´i Guasu, Gran Chamán y con él se identifican los actuales chamanes".

Como dicen Chase-Sardi, Rípodas Ardanaz y Chamorro todas las cuestiones vinculadas con el modo de ser guaraní tenían un fundamento mítico. De alguna manera el accionar misionero demostró el dinamismo de esos conocimientos transmitidos oralmente integrándose en un nuevo relato.

El espacio carcelario ¿se constituyó específicamente como un correctivo? Evidentemente en algún momento el sacerdote debió sentir como necesidad la posibilidad de practicar esa persuasión y ejercer un control personal sobre los infractores. Pero debemos tener en cuenta que, como en otras actividades, por el gradual aumento de la complejidad de los pueblos se fue diluyendo la acción directa del sacerdote en todas las cuestiones.

La fase inicial de la cárcel, como lugar específico, parece haberse producido durante el mandato del Padre Visitador Andrés de Rada hacia 1667 quien sentó la base del criterio paternal. En un documento elaborado para el Padre Superior de las Doctrinas ordena que
"como conviene que aya cárcel para freno de los delitos públicos, assi tambie conviene que este en parte pública como lo están el tambo y la casa de los huéspedes, y que corran con su gouierno el Corregidor y Alcaldes, señalando carcelero de satizfacción, porque aunque la dirección del P.e Cura es la que a de dar vida a semejantes disposiciones, no conviene que la execucion corra por su mano, por no decir esto bien con el oficio de Padre espiritual de los mismos reos; solo para los delitos caceros de nuestros sirvientes aura en casa parte dedicada, com o suele aver en los Collegios para la correccion paternal de los esclavos y criados".

Con respecto al edificio propiamente dicho, como atestigua Cardiel, se constituyó como una prolongación del núcleo edilicio principal.

"en cada pueblo hay dos cárceles: para hombres y mujeres. La de los hombres suele estar en una esquina de la plaza, frente a la iglesia. La de las mujeres, en la casa de las recogidas".

Es decir, se separó terminantemente el tratamiento de estos asuntos en los hombres y en las mujeres. Los miembros del propio sexo se encargarían de aplicar el respectivo castigo.

Hubo variantes. En algunos de los pueblos se destinó una de las viviendas-manzanas al uso carcelario. Un Memorial correspondiente al pueblo de San Lorenzo de 1747 destaca que "los horcones de la casa en que está la carcel necessitan de remedio, y sera precisso aplicarlo".

Algunas precisiones sobre el carácter de la casa-cárcel se encuentran en otros documentos similares. En la visita de Itapúa de 1714 se ordena "la carcel esta muy incomoda, sin luz, ni respirador por esto se le hara una ventanilla en donde no aya inconveniente que impida la seguridad de los pressos".

En el pueblo de la Concepción durante 1727
"la cárcel está muy incómoda, y falta de luz…(…)…sino se pudiere deshagase y fabriquese otra carcel de nuevo y por quanto es el paraje y terruño de este pueblo muy humedo, pongaseles algunas tablas, sobre que esten echados, o asentados los que estuvieren parejos y se barrerán todas las semanas los aposentos de ellos".

Con las salvedades pertinentes, correspondientes a la situación creada por la expulsión de los misioneros de la Compañía de Jesús, hacia 1784 se describe la cárcel de San Miguel de tal manera que podría pensarse que el edificio había sido un antiguo Cotyguazú.

"la Carzel ó Casa para ello destinada se compone de un solo patio en cuio sircuito ay dos salas arruinadas, y assi mismo en el frente principal un galpon, dos quartos grandes y buenos como para abitacion de los presos y otro mas destinado para Calabozo y la puerta principal y antesaguan y asus lados dos quartos donde residen los Carzeleros".

Esta posibilidad de la readaptación del Cotyguazú se afianza en la medida que se advierte la desaparición de la casa de recogidas en varios pueblos. De cualquier manera en algunos pueblos se continuo con la resolución, según un Cura del siglo XIX, de la Cárcel del pueblo de Yapeyú. Estaba dividida en dos partes (Dibujo 1). Una dedicada a reclusión, integrada por diez cuartos mínimos en fila, y la otra separada y compuesta por un solo cuarto dedicado específicamente a cárcel que podría ser de encierro para delitos graves.

Por sus implicancias represivas es importante describir el equipamiento que se utilizó en la época jesuítica. En una temprana carta anua se menciona el cepo:

"(…)…no dudo sino quela virgen ampara aestos pobrecitos consus celestiales dones porq muchos dellos tienen mucho temor deDios, yaborrecimiento del peccado, lo qual consta por el dolor conq se confiesan, no dilatando la confession, sino luego que por su flaqueza caen; yapartandose de las occasiones como sea hechado devereste asº enun pecado comun, y antiguo de emborracheria, por q hazen con unafructaq tienen p el mes de octubre amodo de hubas un vino tanfuerte que los derriua pero esteasº aunq veuieron fue muy muy poco y los alcaldes anduuieron tan alerta, que solo un borracho cogieron, aquien muy bien azotaron y metieron en el cepo".

Es decir que, si bien el espacio carcelario actúa como un lugar de reclusión, de ninguna manera se interpreta como estanco sino como un proceso dinámico cuyo status puede ser modificado por decisión del sacerdote.

Pero ¿qué sucedió en un momento de crisis del modelo paternal?.

Durante la crítica situación creada por el Tratado de Permuta entre España y Portugal la comunidad yapeyuana, aunque no había sido afectada directamente, cuestionó la figura del sacerdote jesuita. Como el 2 de mayo de 1753 la Compañía de Jesús intentó renunciar a los pueblos misionales los indios sintieron esta actitud como un abandono y una traición. El Padre Superior Mathías Strobel le transmitió a los Caciques de Yapeyú:
"He recibido y leído vuestra carta, mis hijos. De nosotros los PP., no tenéis por qué temer. A vosotros los indios os entregó Dios N.S. en nuestras manos…".

Sin embargo, ante los reiterados intentos de los sacerdotes de abandonar los pueblos, en forma generalizada los indios pasaron del antiguo amor a la crítica.

"(…)…vosotros, nos dicen, no sois menos que los antiguos misioneros, los cuales nunca abandonaron a nuestros abuelos en sus padecimientos y en sus guerras, y lo mismo que ellos habeis de hacer vosotros, que para eso os envió Dios y os hizo padres y mayores nuestros".

Y luego a la pérdida del respeto:
"Estos sí que son catiás del diablo (refiriéndose a cartas incitando al jesuíta a huir). ¿No somos nosotros cristianos?. ¿Porqué nos han de quitar la misa?"

Como consecuencia, de alguna manera, los líderes indígenas, espontáneamente surgidos de la propia situación de violencia intentaron sustituir a los sacerdotes mediante un mesianismo similar al de los héroes culturales de antes del contacto.

"(…)…Cacique Don Rafael Paracatú: Dios os guíe mi hermano menor. Quien más te ama. Miguel Xavier Arayú pobre como tú…".

Paracatú pareciera contar con menos edad que su interlocutor. Era un procedimiento común en situaciones de guerra elegir al más idóneo. Paracatú se asumió como un líder; mediante el don de la palabra el Cacique concitaría a la comunidad a seguirlo.

"(…)…quedamos muy agradecidos todos vuestros hijos de haber oído tus palabras que nos hicistes saber las de Dios y es así que Dios Nuestro Señor nos manda por su amor y nosotros por nuestro amor nos mandamos y eso es lo que tú nos has cumplido Dios Nuestro Señor quiere que así nos tengan en la tierra a nosotros sus criaturas…".

Pero Paracatú cae prisionero de los españoles durante el desastroso combate del Dayman el 3 de octubre de 1754.

Cuando el Provincial Nusdorffer analiza la acción de Caaendí, el sucesor de Paracatú, destaca:
" (…)…volvió de la estancia al pueblo, qdo. los Indios de otros pueblos se retiraron, antes de la matanza, todo lo governaba à su modo barbaro, hazia dar 60 y mas azotes qdo. quería castigar , amenazaba con 100 y 200 de ordinario…".

¿Estaba haciendo una distinción entre el espacio ordenado o civilizado del pueblo con respecto al espacio descontrolado de la estancia?. Este procedimiento nos obliga a recurrir a Meliá. Dice que Ruiz de Montoya explica el significado de teko katu como "buena vida, libre". Pero que Montoya ejemplifica en seguida: "teko katu dicen a los salvajes que viven como bestias".

El nuevo cabecilla de la revuelta (no era cacique), que venía de las estancias, se dedicó a imponer su poder haciéndose cargo de todo lo que estaba encerrado (no sabemos que sucedió con los presos).

"El Común gobernaba y el Cabildo encogía los hombros …(…)…fueron después armados al patio del Cura Padre Antonio Estellez y le entregaron una Cruz q suelen los PP. Missioneros , qdo. Van à visitar à los enfermos y quando hazen la Doctrina, diciendole desta Cruz sola en adelante cuidareis vosotros y nosotros cuidaremos de lo demás, sacaron todas las llaves de los almazenes…(…)…dividiendolo todo…".

A los que se opusieron los azotaron. Y hasta hicieron amago de castigar de esta forma al Cura Compañero Felix Chaves. ¿El líder no estaba intentando asumir las prerrogativas del Sacerdote jesuita con respecto al castigo y a los castigados?.

Inmediatamente es designado el Padre Cardiel en reemplazo del Padre Estelles. En un momento de descuido de Caaendí el nuevo sacerdote lo hizo apresar por indios yapeyuanos habitantes del núcleo urbano. Se rompió la tradicional alianza entre linajes. A partir de este momento y por un largo tiempo Cardiel intentó concentrar el trabajo masivo en las cercanías del pueblo y disminuir la gente radicada en las estancias. De alguna manera dejó de existir, temporariamente, la tradicional "solidaridad en función de parentesco y territorialidad", el verdadero fundamento del espacio regional.

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