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El presente
artículo, publicado en 1978, se
encuentra en forma completa en la
Biblioteca del Servicio Penitenciario
Federal de Buenos Aires.
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ARTÍCULO
SELECCIONADO
La cárcel
como factor de configuración social
(Observaciones de
algunos jesuitas)
Antonio Beristain, S.J.
Director del Departamento de
Derecho Penal. Facultad de Derecho San
Sebastián (1978)La
cárcel, factor reaccionario
Tienen buena parte de razón
los sociólogos críticos contemporáneos
(marxistas algunos de ellos)- como
K. Weis y otros que, con "palabras
de Baratta", ven la cárcel como la
cumbre del "iceberg" del
sistema penal tradicional (burgués),
como el momento culminante de una
selección que comienza antes de la
intervención del sistema penal, con la
discriminación social escolar, con la
intervención de los medios de control
social, con los Tribunales llamados
Tutelares de Menores, con los Patronatos
llamados de Protección de la Mujer, etc.
Así, la parte dominante de la sociedad consolida
muchas carreras criminales de sus
marginados. El actual sistema
carcelario de los países occidentales
que nació con la sociedad capitalista y
la acompaña a lo largo de la historia,
en vez de ser la respuesta de una
sociedad honesta a una minoría criminal
(representación aceptada por las
mayorías silenciosas de muchos países y
fácilmente instrumentalizable en las
campañas de "ley y orden"),
este sistema carcelario es básicamente
un instrumento esencial para la creación
de la población criminal reclutada casi
exclusivamente en las filas del
proletariado y separada de la sociedad y,
con consecuencias no menos graves, de su
clase. Lógicamente, contribuye en gran
manera a la producción e incrementación
de individuos y clases más desiguales en
nuestra sociedad ya desigual. De la
prisión se puede decir lo que afirma M.
Jiménez Huerta del Derecho penal
tradicional: "Es un instrumento de
feroz represión que castiga ciegamente
para afirmar el poder y al insumiso
dominar." (Derecho Penal Mexicano,
tomo I, 2º Ed., México, 1976, pág. 15)
La cárcel, factor
de cambio social
La construcción social de
la realidad, como la explican Berger y
Luckmann, puede y debe recibir fuertes
impulsos de las instituciones
penitenciarias. A su vez, éstas acogen
continuamente los influjos positivos y/o
negativos de la realidad social como
totalidad. La ciencia y la praxis
penitenciaria se han de ubicar
eminentemente junto y dentro de las
ciencias y la praxis sociológicas. Las
cárceles deben formar y reformar
hombres; pero, más y ante todo, deben
formar y reformar estructuras sociales en
proceso histórico continuo.
Importantes doctrinas
sociológicas la anómica, la
subculturalista, la de etiquetación, la
funcionalista, la radical, etc.- hacen
coincidir a eminentes especialistas
(Cohen, Gôppinger, Kaisser, López-Rey,
Merton, Sutherland, Taylor, Young
)
en un punto: la reconstrucción de la
sociedad injustamente estructurada exige a
los penalistas y criminólogos
atenciones más intensas que la
reeducación de los condenados. Esta, sin
aquélla, resulta imposible y
contraproducente. La sanción penal
generalmente, en los países capitalistas
y en los llamados marxistas, perjudica
más que el delito.
Conviene hacer gravitar una
perspectiva de construcción social sobre
la orientación teórica e individualista
de las ciencias penitenciarias que llegue
a comprender y desarrollar, racional y
afectivamente, lo que Marcel Mauss
denominó "el hecho social
total" que armonice el sociologismo
y psicologismo penitenciarios hasta ahora
separadamente imperantes. Urge crear, en
quienes se relacionan directamente con
los presos y en quienes no, unos
universos simbólicos legitimadores
nuevos de reestructuración social
comunitaria superando y haciendo
desaparecer muchas líneas fronterizas
entre condenados y no condenados, salvo
en casos muy excepcionales que no afectan
al problema general.
Las prisiones del
futuro
Las pocas cárceles del
mañana deben configurarse con una
mentalidad radicalmente distinta a la
tradicional. No tendrán por función
castigar, ni principalmente asegurar la
conservación del orden establecido. Su
misión más importante será respetar a
los internos, atenderlos, reeducarles (si
ellos quieren) y resocializar la
sociedad. Estas instituciones deben
ubicarse en edificios decentes, con
posibilidades laborales, creativas y
recreativas. El homo ludens,
festivo, exige su sitio también dentro
de las rejas.
Consideración especial
merece el trabajo de las instituciones
privativas de libertad, pues él tiene
importancia de primera categoría para el
tratamiento, y puede llegar a
constituirse en sustitutivo general (no
único) de la prisión.
En la cárcel, como fuera de
ella, el trabajo puede y debe llevarse a
cabo con una dimensión no
principalmente lucrativa sino- de
expresión y desarrollo de la persona,
faceta que supera por una parte la
concepción medieval del "ora et
labora", y por otra la
concepción meramente de plus valía
consumista de algunos neo-marxistas. Una
visión actualizada y noble del trabajo
manual y no manual ayudará a solucionar
la crisis penitenciaria, la crisis de
millones de parados en los países
capitalistas, y la crisis de la
divinizada unidimensional
"reinserción laboral" en las
llamadas repúblicas socialistas.
La historia, con sus
variaciones y sus actualizaciones, incide
en el mundo carcelario. Lo que ayer era
suficiente, por ejemplo, respecto a
formación teórica y a praxis
respetuosa-liberadora, hoy no basta.
Urge lograr la unidad de la
jurisdicción y administración
penitenciara excluyendo, sin excepción
alguna, todas las especiales, sobre todo
la canónica, la militar, y la
empresarial. En la necesidad de
profesionalización
judicial-penitenciaria, con
colaboraciones de otros elementos, radica
uno de los motivos de esta unidad de
administración. Otros motivos brotan de
los derechos humanos de igualdad y
publicidad de la función judicial y
penitenciaria.
La
repersonalización de la sociedad
La sociedad de mañana debe
configurarse más a medida de la persona.
Muchos delincuentes son, en cierto
sentido, víctimas de una sociedad
cosificada, deshumanizada. Esta, causante
en gran parte de la descompensación de
aquéllos descompensación que
aboca al crimen- debe compensarles,
devolverles la armonía y la libertad que
les quitó, o que ellos perdieron en el
delito y en ciertas sanciones. A las
instituciones penitenciarias corresponde
actuar como factores respersonalizadores
del delincuente y simultáneamente como
factores del cambio social. La teoría y
la praxis carcelaria han de contribuir a
remodelar de nueva planta el sistema
jurídico y de justicia penal, tomando
más en serio el respeto al diferente y
el desarrollo de los derechos humanos,
también los generalmente olvidados o
considerados imposibles: derecho al
trabajo, al hogar, al descanso familiar,
a la participación política directa,
etc.
La regionalización, la
autonomía y la descentralización
tienen mucho que decir y hacer en los
establecimientos y regímenes
penitenciarios para lograr una mayor
aproximación al hombre.
Con frecuencia, el condenado
entra en la cárcel por haber realizado
una acción positiva, el intento más o
menos consciente de solucionar un
problema que otros que andan por las
calles han creado: el problema social.
Muchos santos han pasado períodos más o
menos largos de tiempo privados de
libertad por condena judicial.
"El próximo paso que
debemos dar nosotros, los cristianos, es
proclamar públicamente que lo
intrínsecamente perverso no es el
socialismo, sino el capitalismo; y que el
socialismo sólo es condenable en sus
perversiones. Y para vosotros, Roger
(socialistas), el próximo paso a dar es
mostrar que la revolución no tiene un
sentido esencial, sino sólo un vínculo
histórico, con el materialismo
filosófico y el ateísmo, mientras que
por el contrario ella, la revolución, es
consustancial al cristianismo"
(Carta de Helder Cámara a Roger
Garaudy).
La prisión como el
cuartel, la escuela, el manicomio y
amplios sectores de la iglesia- ha sido
factor reaccionario, aunque puede y debe
ser factor de cambio y mejora social.
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