
Foto: Asilo de niñas "San Vicente de Pauls", Villa Devoto (1925) (A.G.N.)
MARCELO
JORGE BASALDÚA es
Licenciado en Antropología y docente de
la Universidad Nacional de La Plata. Es
Director de la cátedra libre
"Educación en el Medio Carcelario y
Prevención del Delito" de la Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educación de la Universidad Nacional de La Plata. El presente texto fue enviado por el autor para su publicación en este Informe sobre Cárceles
|
|
SEGURIDAD HUMANA Y
EDUCACIÓN EN LAS CÁRCELES:
Aportes para la
prevención del delito (1).
Lic. Marcelo Jorge Basaldúa
En su ya clásico texto
"La estructura de las revoluciones
científicas"(2),
Thomas Khun expone los derroteros por los
que atraviesa lo que él denomina
"ciencia normal" (3).
Argumenta que el campo de la ciencia en
general y el de cada disciplina
científica en particular, están
constituidos por "Paradigmas".
Un Paradigma puede entenderse como
aquellas "realizaciones
científicas universalmente reconocidas
que, durante cierto tiempo, proporcionan
modelos de problemas y soluciones a una
comunidad científica"(4).
Asimismo expone que las distintas
ciencias atraviesan cada tanto un
período de crisis en el que sus
construcciones teóricas, realizadas para
dar explicación a ciertos fenómenos y
circunstancias de la
"realidad", se ven
imposibilitadas de ser aplicadas a la
resolución de determinado tipo de
problemas. Cuando esto ocurre, Khun habla
de "Revolución Científica" (5),
caracterizada ésta por la aparición de
sucesos extraordinarios imposibles de
resolverse con la aplicación del
paradigma vigente (6).
Se hace necesario entonces, para
solucionar estos problemas, proceder a la
elaboración de nuevos marcos teóricos
(nuevos paradigmas) que puedan dar una
explicación satisfactoria a los
fenómenos cuestionados y dudosos. Ante
la conservadora resistencia de la
comunidad científica que sostiene el
anterior paradigma, comienza a
desarrollarse una nueva tendencia
teórica que promueve la constitución de
nuevas explicaciones capaz de resolver
aquellas situaciones consideradas como
"anomalías" en el viejo
paradigma. Surge así aunque no de
modo tan simple como fue expuesto aquí-
una nueva orientación o tendencia
explicativa que modifica los parámetros
de medición, discusión y abordaje de la
ciencia normal vigentes hasta ese
momento. En definitiva, se constituye un
nuevo Paradigma que se erige como un
cambio en la concepción del mundo y los
sucesos.
En nuestro entorno
contemporáneo, globalizado,
multicultural, y hasta cierto punto
paradojal, con instituciones en crisis
siendo una de ellas el propio Estado, las
situaciones sociales que involucran las
acciones de Seguridad se han convertido
en anomalías (en términos de Khun) que
no pueden ser explicadas ni resueltas con
el viejo paradigma de las Ciencias de la
Seguridad. Día a día vemos el fracaso
de distintas políticas asegurativas que
pretenden aplicarse indistintamente sin
tomar en consideración el contexto
social local al que se destinan; o no
promueven la participación de la
ciudadanía en la resolución de
conflictos; o, en el peor de los casos,
los discursos de participación que las
sostienen, en realidad, siguen
encubriendo mecanismos de control social
-propios de un determinado paradigma- que
transforman a la participación en una
ilusión o pseudoparticipación. Fracaso
tras fracaso, se constituye como problema
fundamental del vivir y el convivir
actual, el binomio Seguridad/Inseguridad.
El viejo paradigma de las
disciplinas de la seguridad, el cual se
sustentaba básicamente en acciones del
Estado dirigidas a resolver aquellas
situaciones que generaban inseguridad
más en defensa del propio Estado que de
los ciudadanos, paradigma que funcionaba
principalmente como dispositivo de
control social de la población civil, se
ha visto desbordado en su capacidad de
resolver los nuevos desafíos que la
dinámica social actual impone. Cabe
aquí una aclaración. Cuando digo
dispositivo, me refiero a la concepción
que Foucault expresa sobre dicho
concepto, entendiendo por tal: "un
conjunto resueltamente heterogéneo, que
implica discursos, instituciones,
disposiciones arquitectónicas,
decisiones reglamentarias, leyes, medidas
administrativas, enunciados científicos;
proposiciones filosóficas, morales,
filantrópicas; en síntesis, todo lo
dicho cuanto lo no dicho [...]. El
dispositivo mismo es la red que puede
establecerse entre esos elementos".
(7)
Constituyéndose en
elementos de esa red, las instituciones
en general, pero particularmente aquellas
destinadas a administrar seguridad,
todavía atravesadas por esquemas del
viejo paradigma, sufren y esto no
es novedad- de una profunda crisis.
Crisis que desborda sus posibilidades de
administración y resolución de
conflictos, básicamente por
inadecuación de los postulados que las
guían en un contexto caracterizado por
la necesidad de replanteo de las
explicaciones referidas a la dinámica
social. Siguiendo a Khun, podemos
considerar que estas instituciones están
cargadas de anomalías.
En este marco, se hace
necesario entonces, pasar de un concepto
de Seguridad que resulta ambiguo, poco
claro, nada concreto, homogeinizador y
básicamente disciplinador (en términos
de Foucault), a una nueva noción que dé
cuenta de la raíz de los problemas y no
de sus consecuencias, que se sustente por
sobre todas las cosas en políticas
heterogéneas que tomen en consideración
no sólo la integridad de las personas y
el respeto a los Derechos Humanos, sino
también la diversidad sociocultural, y
por sobre todas las cosas, evitando caer
en un proceso de cosificación que
reduzca los sujetos a meros objetos sobre
los cuales hay que planificar e
intervenir.
Resultante de esta
ambigüedad, en un mundo en el que se
hace necesario establecer claramente la
restitución del sujeto en los procesos
sociales, es que se produce el desarrollo
del concepto de Seguridad Humana. Este
concepto está presente en forma clara y
contundente desde el año 1993 (8),
aunque todavía se sigue aportando
teóricamente a su constitución.
Básicamente podemos decir
de esta noción que, además de integrar
una nueva concepción, un nuevo paradigma
en el marco de las Ciencias de la
Seguridad, sus principales
características están relacionadas a un
enfoque que hace hincapié en las
personas y en la protección de los
Derechos Humanos; no estando ya las
cuestiones de seguridad al servicio del
Estado sino de la ciudadanía en su
conjunto, promoviendo acciones
participativas de la comunidad "por
y para la comunidad". Por supuesto
que en nuestra sociedad, y me refiero
específicamente a la Argentina, se da la
coexistencia de ambos paradigmas, el
viejo y el nuevo, el que se resiste a
morir y el que está naciendo. Sobre la
base de esta coexistencia en parte-
se da la gran confusión e inadecuación
de las políticas sociales que involucran
la Seguridad. Pero, como también lo
indica Khun, constituyendo un proceso
natural a cualquier revolución
científica (situación por la que -desde
mi perspectiva- están atravesando las
Ciencias de la Seguridad), lentamente se
irá dando el paso de viejos esquemas a
nuevas concepciones. Esta lenta pero
constante transformación de un paradigma
a otro, logrará promover la
administración de los conflictos en
forma eficiente, presentando esquemas de
acción novedosos y acertados para
resolver las ya paradojalmente
globalizadas situaciones críticas (9).
Situaciones que, como se
expresó anteriormente, necesitan se
realice principalmente el abordaje de las
causas que las producen y no de sus
consecuencias. Para el caso del fenómeno
de la delincuencia, el cambio de
paradigma implica el pasaje de una
instancia represiva a otra preventiva.
Prevenir implica establecer la
aplicación de modelos de intervención
que en gran medida están ausentes del
viejo paradigma de la Seguridad,
sustentado principalmente en acciones de
tipo represivo. Dentro del marco de la
Seguridad Humana, la prevención basada
en los Derechos Humanos es fundamental y
debería constituirse en la columna
vertebral de cualquier política de
Seguridad. Hablar de prevención,
siguiendo lo expuesto por el Secretario
General de la Comisión de Prevención
del Delito y Justicia Penal del Consejo
Económico y Social de las Naciones
Unidas (10), implica
establecer básicamente dos modalidades
de acción: por un lado, la prevención
orientada a los delincuentes; por el
otro, la prevención orientada a las
víctimas potenciales. El primero de los
casos, que es el que más vinculado está
con las proposiciones del presente
trabajo en relación a la educación en
las cárceles, se dirige a disminuir los
factores sociales y problemas
sociológicos que predisponen a los
sujetos pertenecientes a un sector de la
población a cometer delitos. Utilizo
expresamente la expresión "pertenecientes
a un sector de la población" ya
que el delito es un fenómeno muy
complejo, que parte de causas y
"necesidades" diversas, según
sea el sector sociocultural al que
pertenece el delincuente. Las cárceles
argentinas están pobladas en gran escala
por personas que han tenido pocas
posibilidades de acceder a ciertos
recursos, con escasa educación, que
intentan apagar la incertidumbre de sus
vidas consumiendo drogas, hijos de la
violencia doméstica, y por qué no, de
la violencia tanto simbólica como real
propia de la exclusión y la
marginación.
En este contexto de un nuevo
paradigma, de nuevos esquemas de acción
sustentados en la prevención y no la
represión, es donde considero
fundamental rescatar la acción de la
educación en las cárceles como parte de
una red, de un dispositivo, que conduce a
contribuir con la prevención del delito,
respetando por sobre todas las cosas la
promoción de los Derechos Humanos de
todas las personas, lo cual por
supuesto- incluye a los detenidos.
Una fuerte apuesta -no en
los discursos sino en la acción- a favor
de la educación dentro de las prisiones,
facilitaría aunque soy conciente
que no sería la única estrategia a
aplicar- instancias de reinserción
social de aquellas personas privadas de
la libertad. Nadie puede poner en duda la
capacidad que posee el acto educativo
para generar actitudes tanto prosociales
como de emancipación. La literatura de
Paulo Freire es abundante en esta última
conceptualización.
La prevención del delito
basada en el Desarrollo Social, es una de
las líneas de acción e investigación
que proponen las Naciones Unidas (11),
expresando que "las estrategias
de prevención de la delincuencia de
ámbito nacional, regional y local
deberán [...] atacar el problema de la
delincuencia en sus raíces a través de
políticas de índole social, económica,
educativa y de salud. [...] Convendría
vincular esos programas de prevención de
la delincuencia con programas más
generales que traten de la exclusión y
marginación social [...]. Deben
promoverse medidas de prevención de la
delincuencia orientadas hacia grupos en
riesgo [...], complementándolas con
oportunidades educativas, de empleo, de
vivienda y de servicios recreativos"
(12).
Cabe a esta altura de la
exposición hacerse la siguiente
pregunta: ¿en qué estado se encuentra
hoy la educación en las cárceles?.
Permítanme realizar un breve comentario,
siempre refiriéndonos a la situación de
Argentina, y principalmente a provincia
de Buenos Aires, que es el lugar donde se
concentra la mayor cantidad de cárceles
del país y por ende, donde hay más
escuelas en prisiones.
En el marco de los
organismos rectores de la Educación en
Argentina, aún no hay una
profundización sobre la temática que
contempla la relación entre los
conceptos de educación en las cárceles,
prevención del delito y seguridad
humana. Básicamente la Educación en las
Cárceles se centra en cuestiones
vinculadas a la posibilidad que deben
poseer los detenidos para acceder a su
formación y continuar sus estudios
mediante la aplicación de criterios
relacionados a los Derechos Humanos. Que
exprese estas palabras no quiere decir
que minimice la importancia de este tema,
al contrario, como se aclaró antes, el
concepto de Seguridad Humana favorece la
expresión y defensa de estos derechos;
pero creo que la temática y la
situación son lo suficientemente
complejas como para realizar
además- acciones y proposiciones
de mayor envergadura que contribuyan
tanto con la resolución de conflictos y
la prevención del delito, como con la
realización de construcciones teóricas
que den cuenta del fenómeno representado
por el binomio seguridad/inseguridad.
En el marco del paradigma de
la Seguridad Humana, la educación en las
cárceles debe constituirse
necesariamente en uno de los elementos
primordiales a la hora de diseñar
políticas criminales y de seguridad.
Esto implica considerar estrategias
singulares en cuanto a la formación del
profesorado, de los programas de estudio
que se aplicarán en las prisiones, de
las reglamentaciones específicas para
estas escuelas, y de las redes de acción
que tomen como elemento articulador entre
una instancia penitenciaria y otra
post-penitenciaria al acto educativo. De
todo esto, actualmente se carece. La
educación en las cárceles, muchas veces
se transforma en una situación presente
con el fin de satisfacer el accionar de
organismos de Derechos Humanos, no
teniendo una clara noción de cómo hacer
para impartir clases en esos contextos, y
peor aún, para qué. No hay políticas
sociales que contemplen la especificidad
del acto educativo en las cárceles, y
muchos menos que consideren seriamente la
posibilidad de relacionar la educación
con la prevención terciaria del delito.
Los marcos teóricos que guían la
docencia en las cárceles, se encuentran
en estado incipiente de desarrollo, y
muchas veces son relegados a segundo o
tercer plano por no considerárselos
temas prioritarios.
Como educador que desde hace
varios años desempeña actividades en
distintas cárceles de los partidos de La
Plata y Magdalena, sostengo la necesidad
de trabajar en este campo poco
considerado y muchas veces marginado
dentro de la cartera temática de la
educación; tema que como mencioné antes
se enmarca en una política de
"prevención del delito a través
del desarrollo social". En la medida
en que construyamos conciente y
coherentemente políticas criminales y de
seguridad que consideren que el objetivo
de la educación en las cárceles no debe
ser sencillamente posibilitar que un
convicto culmine sus estudios, sino
apostar a la promoción de la
reinserción social del detenido y la
prevención terciaria del delito,
estaremos contribuyendo a la
conformación de marcos conceptuales que
se sobrepongan a los viejos modelos de
acción y se integren dentro del
paradigma de la Seguridad Humana.
Notas:
1.- Trabajo presentado en el
"V Congreso Internacional de
Seguridad Personal sin Violencia ante el
Delito", en la mesa
"Seguridad Humana y Administración
de Conflictos", organizado por el
Instituto Argentino de Negociación,
Conciliación y Arbitraje, de la Escuela
de Economía y Negocios Internacionales
de la Universidad de Belgrano, del 9 al
11 de agosto de 2005, ciudad de Buenos
Aires, Argentina.
2.- Khun, T. (1988) "La estructura
de las revoluciones científicas".
Fondo de Cultura Económica. Argentina.
(Primera edición en castellano 1971 FCE
México)
3.- "Ciencia Normal significa
investigación basada firmemente en una o
más realizaciones científicas pasadas,
realizaciones que alguna comunidad
científica particular reconoce, durante
cierto tiempo, como fundamento para su
práctica posterior". Op. Cit.
Pag. 33.
4.- Op. Cit. Pag. 13.
5.- "Las revoluciones científicas
se consideran aquí como aquellos
episodios de desarrollo no acumulativo en
que un antiguo paradigma es reemplazado,
completamente o en parte, por otro nuevo
e incompatible". Op. Cit. Pag. 149.
Op. Cit. Pag. 27.
7.- Foucault, M. (1978). "El
discurso del Poder". Folios.
8.- En el informe del Programa de las
Naciones Unidas para el Desarrollo del
año 1993, ya se realiza una
aproximación teórica a dicho concepto,
pero es recién en el año 1994, cuando
el PNUD dedica el informe completo a su
tratamiento.
9.- Cuando hablo de "Paradoja de la
Globalización", hago referencia a
todos aquellos procesos o subprocesos que
en un marco globalizante tienden a
homogeneizar, pero conllevan
simultáneamente procesos de
diferenciación progresiva, instancias de
heterogeneización, que en vez de reducir
las diferencias tienden a acentuarlas.
Tal es el caso de los movimientos
nacionalistas de liberación y
emancipación, movimientos que buscan el
mantenimiento de la identidad ante el
avance de la asimilación .
10.- Naciones Unidas, Consejo Económico
y Social, Comisión de Prevención del
Delito y Justicia Penal. E/cn.15/1999/3.
11.- Décimo Congreso de las Naciones
Unidas sobre Prevención del Delito y
Tratamiento del Delincuente. Viena, 10 al
17 de abril de 2000. A/conf.187/7.
12.- Op.Cit. Anexo. Pag. 11
Volver
a Informe
Volver
a Portada Revista Contratiempo Nº 7
2000-2005 | Revista
Contratiempo | Buenos Aires | Argentina
Directora: Zenda Liendivit
/
|